Regulación de autos usados extranjeros
- Lourdes Sierra A.
- 4 nov 2024
- 2 Min. de lectura

El posicionamiento de Marcelo Ebrard, secretario de Economía, en el Foro Autor AMDA 2024, de escuchar y apoyar al sector automotriz, ya tuvo sus primeros efectos. Y es que la inconformidad y llamado del presidente del organismo Guillermo Rosales, de: “No queremos ser más basurero de EU”, por la regulación de 2 millones 560 mil autos chocolate a septiembre, también no fue para menos, porque además de restar ventas al comercio e industria formal, los beneficiados son el crimen organizado y grupos políticos en proceso electoral para obtener votos. El pasado modelo regulatorio, no contemplaba especificaciones legales, emitido por el mismo Marcelo y el secretario de Hacienda, Rogelio Ramírez, el pasado 31 de octubre, sí al convalidar la certificación de reglas de origen en el marco del T-MEC, para su respectivo pago de arancel en aduanas para entrar al país.
Como referimos en columnas anteriores, era cuestión de voluntad política, ya que en función de un verdadero orden legal que genera certeza jurídica para un comprador de auto usado estadounidense y retribución tributaria -muy buena para las arcas del país, ahora que se vive la caída del crecimiento económico-, fue suficiente con retomar los acuerdos firmados entre México y Estados Unidos al pasado 10 de diciembre del 2019 y que entraron en vigor el 1 de julio de 2020, para hacer efectiva la aplicación del certificado de reglas de origen de la unidad como lo establece el T-MEC, requisado con información directa de la compañía armadora del vehículo, que debe ser presentado por un agente aduanero o apoderado aduanal, y pagar un arancel del 1% sobre valor de aquellos cuyo año-modelo sea de cinco a nueve años anteriores al año en que se realice la importación, y 10% de arancel sobre valor cuyo año-modelo sea de diez años anteriores al año en que se realice la importación.
El decreto publicado por la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria puntualiza que la importación amparará sólo un vehículo y que no podrán importarse los automotores que en su país, por sus características o cuestiones técnicas, esté restringida o prohibida su circulación; cuando no cumplan con las condiciones físico mecánicas o de protección al medio ambiente y cuando tengan reporte de robo. Para ello, la autoridad aduanera deberá coordinarse con autoridades extranjeras así como requerir a los importadores información y documentación, incluso si se encuentra disponible en el país, de conformidad con lo que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.
Ahora falta que todo este ordenamiento, se haga efectivo en las aduanas. Ya se sabrá
@amdamx
AMDAMexico
/AMDAMX
@AmiaMexico
@amiamexico
Comments